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Anula la SCJN delito de ‘halconeo’ en Sinaloa por vulnerar libertad de prensa

Ríodoce.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló el delito de “halconeo” del Código Penal de Sinaloa, el cual sancionaba obtener información “utilizando cualquier medio tecnológico” sobre operativos de seguridad.

“La SCJN protegió a periodistas y a la ciudadanía al invalidar en Sinaloa un delito que sancionaba la obtención de información por cualquier medio tecnológico sobre actividades de instituciones de seguridad pública”, señaló.

El proyecto, bajo la ponencia del ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, establece que dicha norma vulneraba la libertad de expresión, el derecho de acceso a la información y atentaba contra el ejercicio del periodismo.

El ministro insistió en que la medida interviene de manera innecesaria y desproporcionada en el derecho de acceso a la información y vulnera investigaciones periodísticas relacionadas con asuntos de interés público.

Figueroa Mejía subrayó que la ley no precisa la finalidad ilícita de la conducta ni el riesgo específico que se pretende evitar, lo que provoca “una clara disociación entre el fin legítimo perseguido y las conductas penalmente sancionadas”.

La organización en favor de la libertad de expresión, Artículo 19, celebró la decisión del Alto Tribunal, cuya propuesta declaró la invalidez de la norma de Sinaloa por ser poco clara y criminalizar la labor periodística.

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