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Luis Fernando Nájera/Cortesía: Río Doce

El Supremo Tribunal de Justicia del Estado, la Fiscalía General de Justicia del Estado y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, forjaron una alianza para librar de culpa a un hombre adinerado de Los Mochis en un caso penal de violación y privación de la libertad que se desahoga en Mazatlán, obligando a la víctima a practicarse una prueba de polígrafo con peritos elegidos por el presunto depredador sexual.

Ante los hechos, el 18 de octubre (2023) el asesor de victima A.G.H.E, Luis Enrique Vega Blanco pidió por escrito al Tribunal la revocación en el caso del juez Francisco Joel Rodríguez Burgueño por aprobar una acción de revictimización de la mujer a pesar de la prohibición en la ley contra la violencia a estas; y a la FGJES la remoción en el proceso de Karla Aracely Fonseca Ríos y Anahí Rojo Valdez por práctica indebida en contra de la ofendida. Las peticiones aún no se resuelven.

En la misma fecha, la víctima y su abogado recurrieron a la Comisión de Derechos Humanos de Sinaloa para que conozca el expediente, pero la visitaduría zona sur se declaró incompetente para conocer de los hechos.

La prueba del polígrafo o sicológico de veracidad ordenada por el juez de control es indebida e ilegal porque se decidió a favor del imputado sobre los derechos de la víctima, sin que esta diera su consentimiento, lo que constituye una aberración jurídica, más cuando ya hay un dictamen pericial oficial del mismo tema, opinó Vega Blanco.

Este tramitó un amparo para anular la orden del juzgador, y en la resolución del expediente 822/2023 del Juzgado Octavo de Distrito con sede en Culiacán, se revocó la resolución del juez de control y se anuló la pericial ordenada por franca violatoria y de revictimización a la mujer.

La truculenta historia legal se consumó el 13 de septiembre (2023) a puerta cerrada en la sala C de los Juzgados de Primera Instancia de Control y Enjuiciamiento Penal de la Región Sur y la condujo el juez de control, Francisco Joel Rodríguez Burgueño y las fiscales adscritas a la Unidad de lo Penal Especializada en Delitos Sexuales, Karla Aracely Fonseca Ríos y Anahí Rojo Valdez, con la ausencia de la ofendida A.G.H.E. aunque con la representación de su asesor victimal, Luis Enrique Vega Blanco, el imputado Luis Alberto S. C. y su defensor.

En la causa penal 627/2022, el juez resolvió reabrir la a petición de la defensa y sin excepción de las fiscales aceptó la incorporación de cinco testimonios de personas ajenas a los hechos investigados y el análisis de datos conservados de dos celulares, una pericial sicológica de la conducta sexual del acusado además de la prueba de veracidad. El juez argumentó en su resolución: “Pondero el derecho del acusado, que está privado de su libertad, sobre la víctima. Reconozco que no se va a tocar el hecho, sino los tiempos en que sucedieron estos”.

A esto, las fiscales no se opusieron.

La asesoría victimal se inconformó con la última, y finalmente la tumbó y ahora se encamina a anular a los testigos, pues se trata de individuos ajenos a los hechos denunciados, y que tomaron parte en casos familiares anteriores.

Según la causa penal 627/2022 que procede de la carpeta MAZT/AEDSEX 3548/2022 por violación y privación de la libertad, los hechos investigados ocurrieron el 20 de enero del 2022 en un búngalo del Hotel Patole ubicado en el ejido Rosendo Nieblas, en La Cruz, Sinaloa, cuando Luis Alberto S. C. armado con una pistola, presuntamente forzó a su víctima a la cópula y la mantuvo encerrada en el closet.

Tras el inicio de la carpeta de investigación, el 28 de febrero (2023) el indiciado fue apresado en la calle Paseo de las Culturas, en la colonia Rinconada de Otay, en Tijuana, Baja California, cuando pretendía cruzar la frontera entre México y Estados Unidos.

La audiencia inicial se celebró el 2 de marzo, cuando se le dictó prisión preventiva oficiosa, quedando vinculado a proceso e interno en el penal de “El Castillo” el 7 de marzo. En esa fecha también se dictó cuatro meses para la investigación complementaria, que fue ampliada el 7 de julio hasta el 8 de septiembre.

El 13 de septiembre, la defensa del acusado y la fiscalía acuerdan con el juez la reapertura del caso para que los primeros acrediten su teoría y en la que pretenden probar que la víctima es desleal en su versión y presentó una acusación dolosa, dado que antes, el acusado revocó un poder amplío y más atrás la había denunciado por robo de vehículo.

Vega Blanco se mostró extrañado de la conducta del juez y de las fiscales que demuestran estar de acuerdo con el atacante, pues en un caso extremo, se ponderan los derechos de este y no de la víctima, pretendiendo, incluso, agregar al expediente carpetas por hechos ajenos.

De aprobarse esto, les daría la oportunidad de vincular también hechos diversos sobre la conducta del individuo que tienen que ver con ataques similares a su propia sangre y descendientes.

Artículo publicado el 05 de noviembre de 2023 en la edición 1084 del semanario Ríodoce.