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Boletín 004
IMPORTANTE PRESERVAR LA IMAGEN URBANA DE PUEBLO MÁGICO EN CALVILLO…
· No se otorgarán permisos para la instalación de puestos ambulantes que representen un riesgo para los ciudadanos por su ubicación.

En congruencia con lo que estipula el reglamento de Pueblos Mágicos para conservar la designación otorgada al Municipio de Calvillo en 2012, se consideró la renovación de permisos para la instalación de los comercios que ocupan los sitios, que por su naturaleza, representan un valor histórico y cultural atractivo para el desarrollo turístico.

En este sentido, el Ayuntamiento, a través de la Dirección de Reglamentos, inició con la revisión de estos expedientes, con la finalidad de analizar en lo particular cada una de las licencias de estos giros; si bien no es finalidad afectar a los comerciantes que de esta forma llevan el diario sustento a sus familias, no puede ser por encima de la Ley.

Cabe señalar que hay comerciantes y expendedores de puestos fijos, semifijos, móviles y ambulantes, que no cumplen con los lineamientos establecidos; con fundamento en lo establecido en el Reglamento de Imagen Urbana del Municipio de Calvillo, y en base a las modificaciones aprobadas tras la designación de Pueblo Mágico, se debe considerar que el espacio para la ocupación de comercio se reduce.

En el Capítulo II del mencionado estatuto, señala en el Artículo 10° “Los puestos móviles no podrán permanecer más de 30 minutos en el mismo sitio y deberán circular, ejerciendo su actividad comercial únicamente en el área previamente autorizada”; en tanto que el Artículo 11° precisa que “Los vendedores ambulantes deberán ofrecer sus bienes, mercancías o servicios, trasladándose de un lugar a otro, y solamente dentro del área autorizada previamente por la autoridad municipal”.

Es importante mencionar que ciertos comercios conservan sus licencias ya que les fueron otorgadas antes del nombramiento de Calvillo como Pueblo Mágico.