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La Jornada / El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió, en sesión extraordinaria celebrada el día de ayer, imponer sanciones consistentes en la pérdida de bienes en beneficio de la Nación de equipos utilizados por dos personas en Aguascalientes y en la Ciudad de México, respectivamente, con los que se hacía un uso indebido del espectro radioeléctrico.

En el caso de Aguascalientes, el procedimiento se inició luego de que en noviembre de 2013 se detectó, durante los trabajos de radiomonitoreo y vigilancia del espectro radioeléctrico, que una persona usaba bandas de frecuencias sin concesión o autorización.

Como resultado de las correspondientes acciones de verificación, se aprobó sancionar al infractor por la violación al artículo 11, fracción I de la entonces vigente Ley Federal de Telecomunicaciones, con multa equivalente a 2000 salarios mínimos, toda vez que no se justificó el uso legal del espectro radioeléctrico, así como también se resolvió la pérdida de los equipos en beneficio de la nación por la violación al artículo 72 de dicha Ley.

De igual manera, en el caso de la ciudad de México, el pleno del IFT determinó declarar la pérdida de bienes en beneficio de la nación sobre los equipos con los que una persona física emitía señales en la banda de frecuencia de 826.525 MHz a 830.850 MHz, al quedar demostrado que estos invadían la vía general de comunicación (espectro radioeléctrico) concesionada a un operador celular.