Reportaje/foto: Objetivo7/Cuauhtémoc Villegas Durán.
Aguascalientes, Ags.- como si tratará de destruir los negocios que compiten con la licorería de sus familiares, “licores Alameda”, la alcaldesa de esta ciudad anunció el cierre de 200 licorerías porque no se renovaron y se dejaron de pagar.
“Eran 4 mil 100, ahorita tenemos 200 menos que han sido producto precisamente de estas regularizaciones, muchas de ellas han sido canceladas porque se dejaron de pagar, no existía en el Municipio un mecanismo para poder cancelarlas cuando éstas no se pagaban, a partir de las reformas que hicimos al código, una licencia que no se paga año con año automáticamente entra en un proceso de cancelación”, informó la alcaldesa.
Agregó Lorena Martínez, tal situación ha permitido que se reabra el trámite para la solicitud de nuevas licencias de este tipo, por lo que ya se analizan 150 peticiones.
“No habíamos podido autorizar puesto que el compromiso nuestro fue no dar una licencia más arriba que las que teníamos, yo diría que vemos a terminar con un padrón perfectamente actualizado de todas las licencias reglamentadas, hoy por hoy el mecanismo de verificación que lleva a cabo la Coordinación de Verificación Única son mecanismos muy estrictos”.
Sin embargo los mecanismos nos son tan estrictos cuando de trata de Licores Alameda empresa en la que se dice tiene intereses personales la alcaldesa de Aguascalientes, ya que durante su gestión se autorizó una nueva sucursal en la Avenida Américas, frente a la glorieta de Benito Juárez. La prensa ha señalado el parentesco de la alcaldesa y esa empresa es uno delos pocas que se dedican a la distribución al mayoreo y es la competencia directa de Don Vino, la principal distribuidora de vinos y licores en el estado
Este reglamento indica que no debe encontrase ninguna escuela dentro de un radio de 150 metros aunque el negocio de los familiares de la alcaldesa se encuentra a 43 metros en línea recta de esquina a esquina y de puerta a puerta a puerta son 121 metros (ver mapa).
ARTICULO 1306 BIS.- ARTICULO 1306 BIS.- Recibida la solicitud, la Secretaría del H. Ayuntamiento y Dirección General de Gobierno solicitará a través de la Dirección de Reglamentación a las dependencias municipales competentes, que remitan los dictámenes correspondientes en el término de cinco días hábiles, los cuales deberán indicar: Código Municipal de Aguascalientes
I. Si el inmueble en el que se pretende establecer el giro correspondiente, reúne o no las características que establece la reglamentación municipal en materia de construcciones;
II. Si el inmueble cumple o no con la normatividad aplicable en materia de: seguridad, salubridad, comodidad e higiene;
III. Si el inmueble no afecta las vialidades públicas, por causa de: enseres en vía pública, por causa de estacionamiento o por cualquier otra;
IV. La ubicación en la que se demuestre fehacientemente si existe o no, institución educativa o centro deportivo, en un radio de acción de ciento cincuenta metros en relación con el establecimiento mercantil;
V. Si el inmueble cuenta con las instalaciones de acústica que evite sonidos estridentes o excesivos, que causen molestias a los vecinos; y
VI. Cualquier otro necesario para la comprobación de los requisitos y
disposiciones que señale el presente Código.
Fuentes:
Código municipal de Aguascalientes.
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